jueves, 19 de septiembre de 2013

...hablando de desechos peligrosos...

Por Rosalía Martínez Carbajal
1. ¿Qué se entiende por Residuos Peligrosos?
Se entiende por residuo peligroso cualquier sustancia que, en cualquier estado físico, presente características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad ambiental, inflamabilidad o sea biológico-infecciosa; y que por lo tanto puedan representar un riesgo para el equilibrio ecológico, el ambiente y la salud de la población en general.

2. ¿Qué son los Planes de Manejo de Residuos Peligrosos?
Se trata de instrumentos de gestión que permiten al particular y a la autoridad diseñar y controlar de una manera flexible el manejo integral de los residuos peligrosos, mediante propuestas de manejo eficientes que minimicen la generación de los residuos y prioricen la valorización de los mismos. Se presentan ante la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
3. ¿Cuál es el objetivo de la creación de un Plan de Manejo de Residuos peligrosos?
El propósito de la elaboración de un Plan de Manejo de Residuos, es la prevención de la generación de residuos y la valoración de los que se generan, en cuyo caso no serán considerados como residuos sino como subproductos.
4. ¿Quiénes se encuentran obligados a elaborar un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos?
- Productores, Importadores, Distribuidores y Exportadores de productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos.
- Quienes sean considerados Grandes Generadores de Residuos Peligrosos según la NOM-052-SEMARNAT-2005.
- Todos los generadores que incorporen condiciones particulares de manejo de residuos peligrosos.
- Generadores de residuos que se adhieran o incorporen a otro Plan de Manejo, previo acuerdo con la empresa que cuenta con dicho Plan.
- Todos los productores de residuos peligrosos generados en la industria minero-metalúrgica.
5. ¿Bajo qué criterios y principios se deben diseñar los Planes de Manejo de Residuos Peligrosos?
Para la elaboración de Planes de Manejo se deberá atender a los criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social; así como los principios de responsabilidad compartida y manejo integral.
6. En vista de estos principios, ¿qué metodología es recomendable para la administración de residuos peligrosos?
La metodología propuesta incluye los siguientes pasos:
1. Identificación y clasificación de las sustancias, materiales, los residuos peligrosos generados y sus características de peligrosidad.
2. Determinación de las áreas, procesos y puntos específicos de generación de residuos peligrosos.
3. Establecimiento de sistemas, métodos y procedimientos adecuados para su manejo.
4. Habilitación de puntos de acopio y creación de un área de almacenamiento temporal.
5. Determinar la Disposición Final de los residuos.
6. Establecer opciones y alternativas de manejo y procesamiento de residuos peligrosos.
7. Informar y capacitar a todo el personal involucrado en el manejo de sustancias y residuos peligrosos.
8. Administración documental del manejo de residuos peligrosos (registro de residuos, identificación de prestadores de servicio, Cédulas de Operación, etc.).



Rosalía Martínez Carbajal

Rosalía Martínez Carbajal. Estudiante de la Escuela Libre de Derecho y actualmente trabajando para el despacho Pontones y Ledesma de Derecho

...femsa y la sustentabilidad...

Coca-Cola FEMSA formará parte de la familia de Índices de Sustentabilidad de Dow Jones

Coca-Cola FEMSA, el embotellador público más grande de productos Coca-Cola en el mundo, anuncia que ha sido seleccionada para formar parte de la familia de Índices de Sustentabilidad de Dow Jones (“Dow Jones Sustainability Indices” o “DJSI”).

A partir del 23 de septiembre de 2013, Coca-Cola FEMSA será parte del Índice de Sustentabilidad de Mercados Emergentes de Dow Jones (Dow Jones Sustainability Emerging Markets Index), formado por un grupo de 81 empresas de mercados emergentes.
“Nos sentimos honrados de formar parte de una importante familia de índices que reconoce el liderazgo de las empresas en el ramo de la sustentabilidad dentro de cada industria. A la par de nuestra participación del Índice IPC Sustentable de la Bolsa Mexicana de Valores, este reconocimiento por parte del DJSI es una muestra de la dedicación de nuestro equipo para impulsar una compañía sustentable en las comunidades que servimos. Este gran logro presenta un reto para continuar mejorando nuestro desempeño y reforzar nuestro compromiso de crear valor económico, social y ambiental,” dijo Carlos Salazar Lomelín, Director General de la Compañía.

diplomado en residuos solidos...

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martes, 17 de septiembre de 2013

...acero sustentable...

 


Carga verde para acero sería de $1,662 millones

Impuesto verde
De aprobarse el gravamen de 70.68 pesos por tonelada de dióxido de carbono lanzada al medio ambiente que impulsa el gobierno federal en su propuesta de reforma fiscal, dicho tributo costaría a las firmas acereras cuando menos 1,662 millones de pesos, lo que representa 8% del total que se busca recaudar por el impuesto (22,400 millones de pesos).
Lo anterior, considerando que en el 2014 el sector produzca al menos las 18 millones 95,000 toneladas de acero que produjo en el 2012, y tomando en cuenta que por cada tonelada producida del metal se emiten 1.3 toneladas de dióxido de carbono, según cifras de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (Canacero).

Así, el año pasado, el sector emitió 23.5 millones de toneladas de CO2, poco más de la mitad de las 40 millones de toneladas emitidas por Petróleos Mexicanos (Pemex) el año pasado. La Canacero aduce, no obstante, que el nivel de 1.3 toneladas de CO2 producidas por tonelada de acero en México está por debajo del promedio mundial, que se ubica en 1.8 toneladas.
Durante el tercer Congreso de la Industria Siderúrgica, que tuvo lugar la semana pasada en la ciudad de México, los acereros enfatizaron que intensificarán su cabildeo en el Congreso, con el fin de que el gravamen tenga una tasa progresiva, luego de que Juan José Guerra Abud, titular de la Secretaría del Medio Ambiente federal, dijera que el también llamado impuesto verde “llegó para quedarse”.
“México es el único país del mundo que por ley debe reducir los gases, y la meta es bajarlos 30% para el 2020. Si México quiere alcanzar la meta no está sujeto a la buena voluntad del Secretario ni del gobierno. Debemos cumplir por ley”, sentenció Guerra Abud.
El sector siderúrgico es el primer consumidor privado de electricidad, al absorber 2.7% del consumo energético total, y de gas natural seco, al participar con 13.9% del consumo. Asimismo, esta industria ocupa 4.8% del volumen nacional de transporte de carga, de acuerdo con la Canacero.
No obstante, Alonso Ancira, presidente de la Canacero, defendió la importancia de la industria acerera para la manufactura de implementos para la generación de energía renovable, por lo que llamó a reconsiderar la imposición de gravámenes a la siderurgia, considerando que además ésta padece de los efectos adversos de la competencia desleal del acero importado...
 

      



consejo nacional de educacion ambiental para la sustentabilidad...

,,,y asi, el 12 de sep...

http://207.248.177.30/regulaciones/scd_expediente_3.asp?ID=04%2F1011%2F120913



y al que queremos pertenecer es a este:

http://www.mundotnc.org/sobre/art33513.xml

jueves, 5 de septiembre de 2013

...nueva norma mexicana de edificacion sustentable...

http://www.imipmexicali.org.mx/normatividad/4.-%20NORMAS%20TECNICAS/14%20PROY-NMX-AA-164%20SUSTENTABILIDAD.pdf

http://eleconomista.com.mx/industrias/2013/09/04/gobierno-publica-normas-construccion-sustentable

La Secretaría de Economía (SE) publicó la norma mexicana que especifica los criterios ambientales para la edificación sustentable.

De acuerdo con la declaratoria publicada por la dependencia en el Diario Oficial de la Federación, la norma NMX-AA-164-SCFI-2013  entrará en vigor en 60 días naturales, y  especifica los criterios y requerimientos ambientales mínimos de una edificación sustentable para contribuir en la mitigación de impactos ambientales y el aprovechamiento de los recursos naturales.

Ello, precisa, sin descuidar los aspectos socioeconómicos que aseguren la viabilidad, habitabilidad e integración al entorno urbano y natural de los inmuebles.

Aclara que esta regla es de aplicación voluntaria para todas las edificaciones que se ubiquen dentro del territorio nacional, públicas o privadas, destinadas en su totalidad o en uso mixto a diferentes actividades de índole habitacional, comercial, de servicios o industrial.

Asimismo, aplica a las edificaciones y sus obras exteriores, individuales o en conjuntos de edificios, nuevas o existentes, sobre uno o varios predios, en arrendamiento o propias.

La SE precisa que también deberán sujetarse a la determinación las edificaciones en sus fases de diseño, construcción, operación, mantenimiento y demolición, incluyendo proyectos de remodelación, renovación o reacondicionamiento.

Agrega que son responsables del cumplimiento de la norma mexicana las personas físicas o morales propietarias de las edificaciones o las que las representen.